“La Carga Fiscal es Excesiva”

Por Benny Díaz

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Héctor Raymundo Martínez Saucedo (Foto: Colegio de Contadores Públicos de Aguascalientes)

“Hace unos años dijeron que los empre­sarios ya no iban a necesitar de contadores, pero cuando inician sus negocios la carga fiscal es excesiva y ahora requieren no uno, ni dos, sino hasta tres o más por la operación que hay que emitir el CFDI y si no fue pagada al momento hay que emitir un comprobante de pago para indicarle a la autoridad fiscal cuándo se recibió el dinero y que haya certeza para que esté pagando el impuesto y cumplir con las nóminas y las declaraciones de cada persona, entonces no alcanza el tiempo para la regulación de la presentación del impuesto”, declaró Héctor Raymundo Martínez Saucedo, presidente del Colegio de Contadores Públicos.

El profesionista aseveró que “no hay pró­rroga para las compañías que no lo presenten a tiempo y el IMSS los tiene reclasificados porque cuenta con una base de datos de cada patrón y los trabajadores con los que cuenta, y también hay que tener una clasificación sobre la prima de riesgo de los empleados porque se tiene el dato cuántas incapaci­dades se emitieron y si fue por accidente o enfermedades, la prima se paga sólo si hay riesgo de accidente en el trabajo y no se hace cuando son accidentes generales”.

Este año, dijo, viene la facturación “en esquema 4.0 y consiste en la información precisa y acertada sobre quién está factu­rando y se pide como cualquier proveedor el CFDI en la nómina, y en ocasiones el patrón desconoce que cuando contrata a un empleado requiere cierta información como es la constancia de situación, domicilio fiscal y después de mucho batallar porque se perdía tiempo al tener que acudir los trabajadores por ese comprobante, el SAT por única ocasión está permitiendo que el patrón solicite la información de todos sus trabajadores”.

Ante este panorama, “hay una gran búsqueda de asesoramiento y cambio de estructura en las remuneraciones y ope­ratividad con los cambios que hay en las vacaciones, porque hubo un descontrol en algún momento las pagaron y luego entró en vigor que eran 12 días continuos y por eso hubo muchas dudas y una reconfiguración en las nóminas también por el incremento salarial”.

La ley dice que al receptor del salario mínimo no se le debe retener impuestos y se debe pagar completo; luego resultó que sí se debía retener y eso creo una gran incertidumbre y por todo eso es que para hacer todo en tiempo y forma con el SAT, los patrones debe de contar con la asesoría adecuada y tener los contadores suficientes para que realicen todo el trabajo porque “definitivamente con uno no es suficiente”.

Si no se hace adecuadamente “viene una multa porque se debe modificar todo lo que haya que hacerse, volvemos el ejemplo de la prima por riesgo que debe estar vigente del 1 de marzo al 28 de febrero del año siguiente”.