Invalida la Expulsión de Roberto Tavarez Medina
Por Benny Díaz
En la primera sesión del año, el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA), regresó, por mayoría de votos, a Roberto Tavarez Medina su derecho a seguir militando en el Partido Revolucionario Institucional (PRI), luego de que fuera expulsado del tricolor por la Comisión Nacional de Justicia de dicho instituto político.
Héctor Salvador Hernández Gallegos, magistrado presidente del TEEA y Jesús Ociel Baena Salazar, el primer magistrade de Aguascalientes, votaron en contra del proyecto de la magistrada Laura Llamas Hernández, quien propuso ratificar la pérdida de los derechos partidistas de Tavarez Medina.
En el expediente TEEA-JDC-001/2023 se expone que Roberto Tavarez Medina fue expulsado del PRI por publicaciones que hizo la red social Facebook en contra del partido, algunos de sus candidatos a quienes vulneró en su vida privada y también por señalar que no hubo transparencia en la designación de los contenientes de dicho instituto en la pasada elección electoral.
Por todo esto es que la magistrada Laura Llamas ratificó la decisión de la Comisión Nacional de Justicia y por eso es que el afectado fue a interponer su queja al TEEA para que se revisaran que hubo anomalías en la decisión de expulsarlo del partido.
Se resaltó que aunque las conductas de Roberto Tavarez Medina no fueron las adecuadas, la Comisión Nacional de Justicia no aportó los razonamientos para justificar el actuar la libertad de expresión.
El magistrado presidente mencionó que aunque la resolución estuvo debidamente fundada, hay que cuestionar el material probatorio y los hechos de las denuncias del actor.
El 8 de septiembre la Comisión Nacional del PRI emitió la sentencia de expulsión de Roberto Tavarez Medina y esta determinación fue porque atentó contra la ideología participativa del instituto político y por eso la expulsión ya que perjudicó tanto a candidatos como a la dirigencia y atentó contra la dignidad de algunas personas.
Si bien Roberto Tavarez incurrió en faltas al hacer diversas manifestaciones en Facebook, el PRI debió guardar las conductas obligadas a razonar sus determinaciones de manera objetiva y exhaustiva y máxime en caso de que se tenga en cuenta que el partido está facultado para determinar la conducta de sus militantes que se rigen bajo un esquema normativo.
La sanción de expulsarlo fue extrema porque fueron contrario a lo asentado en el artículo 246, que señala que tienen sanciones a los militantes, primero con una amonestación privada, después una amonestación pública, enseguida la suspensión temporal de derechos del militante, inhabilitación temporal en un cargo partidista y por último, la expulsión.
El PRI, al no seguir sus propios lineamientos, es que los magistrados votaron en mayoría para regresarle sus derechos a que siga militando en el tricolor.