Exfuncionarios no Reciben esa Protección, Aclara
Por Benny Díaz
Antonio Martínez Romo, comisario de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal (SSPM), aseguró en entrevista colectiva que “la escolta sólo puede ser para el alcalde en funciones”.
Esto porque sus elementos no cuentan con todos los permisos necesarios para salir del perímetro que corresponde al municipio capital con sus armas de cargo.
“La escolta está en todo momento para el presidente municipal en funciones, para otros que ya hayan salido habría que solicitar un permiso especial para salir del municipio; lo que podemos hacer es auxiliar a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSPE) si se diera un caso en particular”.
En la entidad, cuando los funcionarios terminan su trabajo “no solicitan escoltas”, las tienen mientras están realizando su cargo, pero al concluir se quita ese tipo de protección.
Esto se debe a que en el estado se goza de una tranquilidad de la que carecen en otros lados, pero si hay alguien que requiera escoltas después de que concluya su periodo, cualquiera que este sea, el trámite se debería hacer ante la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, cuyos elementos tienen jurisdicción en todo el estado y no requieren de permisos especiales para portar sus armas de cargo, sean del calibre que sean, ya que todo elemento debe contar con un permiso emitido por la Sedena.